Titulo IV
Delitos contra la Seguridad Ciudadana: Los delitos contra la seguridad ciudadana abarcan robos, vandalismo y agresiones.
ART 48: Posesión de Arma Blanca Ilegal Poseer un arma blanca sin la debida autorización se clasifica como una infracción. Esta conducta puede representar un riesgo para la seguridad pública. La multa por esta infracción es de $300.000.
ART 49: Posesión de Arma de Fuego Ilegal Poseer un arma de fuego sin la debida licencia o autorización se clasifica como una infracción. Esta conducta compromete la seguridad y el orden público. La multa por esta infracción es de $800.000.
ART 50: Posesión de Estupefacientes Poseer estupefacientes en cantidades que no superen el umbral establecido para el tráfico se clasifica como una infracción. Esta conducta está vinculada al uso indebido de sustancias controladas. La multa por esta infracción es de $800.000.
ART 51: Posesión de Drogas Poseer drogas en cantidades menores que las establecidas para el tráfico se clasifica como una infracción. Esta conducta está relacionada con el uso no autorizado de sustancias prohibidas. La multa por esta infracción es de $400.000.
ART 52: Tráfico de Drogas Realizar tráfico de drogas cuando la cantidad poseída supera las 10 unidades de estupefacientes se clasifica como una infracción. Esta conducta implica una grave violación de las leyes sobre sustancias controladas. La multa por esta infracción es de $1.000.000.
ART 53: Consumo de Estupefacientes en Vía Pública Consumir estupefacientes en lugares públicos se clasifica como una infracción. Esta conducta afecta el orden y la seguridad en espacios compartidos. La multa por esta infracción es de $350.000.
ART 92: Intento de Homicidio a Funcionarios Públicos Realizar actos dirigidos a causar la muerte de un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, pero sin que dicha muerte se concrete, se clasifica como intento de homicidio a funcionario público. Este delito tiene una pena agravada debido a la naturaleza del ataque a una persona que desempeña funciones públicas, cuyo propósito es proteger el orden y la seguridad del Estado. La multa por este delito es de $4.000.000.
ART 93: Homicidio a Funcionarios Públicos Causar la muerte de un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, ya sea de forma intencional o por negligencia grave, se considera un homicidio agravado. Este delito atenta no solo contra la vida de una persona, sino contra el orden público y la seguridad del Estado. La pena será más severa si se demuestra que el ataque fue deliberado y premeditado contra un funcionario que realizaba su labor. La multa por este delito es de $5.000.000.
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